La Página
Morelia, Michoacán, a 05 de Julio de 2019. Al resolver el juicio ciudadano 44 de este año, el Pleno votó por unanimidad dejar sin efectos la sanción impuesta a la diputada local de MORENA, Cristina Portillo Ayala, a quien se le inhabilitó por seis meses por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de este instituto político.
La ponencia del Magistrado José René Olivos Campos señaló que Cristina Portillo Ayala en su escrito de demanda manifestó no ser militante de MORENA, hecho que no se encuentra controvertido en el presente asunto, pues tanto la quejosa en su escrito primigenio como la misma autoridad responsable en su informe circunstanciado señalan que no es militante, pero si es integrante de su grupo parlamentario en el Congreso del Estado, por lo cual está sujeta a la norma interna.
Sin embargo, la autoridad responsable parte de una premisa incorrecta al determinar que por ese solo hecho está sujeta a la normatividad y órganos de justicia interna.
En ese tenor, el Pleno dejó sin efectos los actos combatidos dictados por la Comisión de Justicia de MORENA, en lo que fue materia de impugnación por lo que ve a Cristina Portillo Ayala.
En tanto, el juicio ciudadano TEEM-JDC-42/2019, por unanimidad, el Pleno ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA resolver el incumplimiento del acuerdo de conciliación por parte de Alfredo Ramírez Bedolla con la diputada Wilma Zavala Ramírez.
Dado que de las constancias que obran en autos y del requerimiento, se advirtió que la responsable abrió un incidente de inejecución en el expediente intrapartidario, informando que se encuentra en estudio y revisión, para posteriormente pasar al proyecto de resolución, sin que hasta el momento se haya dictado una determinación al respecto.
Al respecto, conforme al principio de auto-organización de los partidos políticos, es precisamente al partido MORENA a quien le corresponde determinar conforme a su normativa interna el referido cumplimiento del acuerdo de conciliación.
En consecuencia, el Tribunal Electoral ordenó a la autoridad responsable que sustancie y resuelva el incidente de inejecución dentro del expediente CNHJ/MICH/INC-52/2019 en el ámbito de sus atribuciones y conforme a derecho corresponda.
Por otra parte, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán revocó la sentencia de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido MORENA en contra de la diputada Wilma Zavala Ramírez.
En el juicio ciudadano 41 de este año, la ponencia del Magistrado Ignacio Hurtado Gómez propuso a los integrantes revocar la sentencia reclamada, al resultar sustancialmente fundado el agravio expuesto por la diputada Wilma Zavala Ramírez, consistente en que la denuncia por la que se sanciona carece de tipicidad, por no haber disposición expresa en la normativa interna de MORENA o en la legislación electoral que la obligue, en cuando a militante y diputada de dicho partido, a cumplir con la plataforma electoral, la cual debe de considerarse como parte de la plataforma interna. La Magistrada y los Magistrados votaron por unanimidad revocar dicha sentencia.