Por DAVID ALEJANDRO DELGADO ARROYO
Un 6 de abril de 1990, hace 30 años, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman varios artículos constitucionales que modificaron sustancialmente el sistema electoral mexicano.
Particularmente fue la segunda reforma al 41 Constitucional, ya que la primera había sido para elevar a rango constitucional el concepto de partidos políticos como entidades de interés público. La reforma constitucional referida de 1990 creo un organismo público encargado de la organización de las elecciones federales, que no tendría nombre hasta la publicación el 15 de agosto de 1990 en el Diario Oficial de la Federación del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que le puso nombre como Instituto Federal Electoral.
El motivo de dicha reforma fueron las polémicas elecciones de 1988, caracterizadas por la caída del sistema, que se derivó de un discurso del representante del PAN ante la Comisión Federal Electoral en que mencionó que “Se calló el sistema”, del verbo callar y no del verbo caer.
La integración de los órganos electorales hasta 1988 estaba caracterizada por la no permanencia, salvo en lo que correspondía al Registro Nacional de Electores; de manera que las Comisiones Locales y Distritales, además de una parte importante a nivel central, solo se integraban para el proceso electoral correspondiente, por lo que había contra incentivos para la imparcialidad; muchas veces se tomaba mano de comisionistas que salían de la propia Secretaría de Gobernación o Secretarías de Gobierno de los Estados, así como de los respectivos Congresos, o emergían de algún Sindicato, por lo que había mucha desconfianza en su ejercicio y mucha improvisación en su desempeño.
De manera que el eje central de la reforma constitucional de 1990 fue la profesionalización. Por ello también se modificó el artículo 5º Constitucional para decir: “…Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito, pero serán retribuidas aquellas que se realicen profesionalmente en los términos de esta Constitución y las leyes correspondientes…”.
Asimismo, el artículo 41 Constitucional definió al profesionalismo entre otros principios rectores de la autoridad electoral, que sería retirado con la reforma del 19 de abril de 1994. Luego, en el mismo artículo 41 Constitucional se caracterizó que “El organismo público será autoridad en la materia, profesional en su desempeño y autónomo en sus decisiones… Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio electoral profesional”.
Con ello se construyó un servicio civil de carrera de rango constitucional especializado en la función electoral, que ha sido calificado como uno de los mejores de México y con un gran reconocimiento institucional. Mediante el cual, el Instituto Federal Electoral, ahora Instituto Nacional Electoral, ha organizado elecciones en las cuales ha habido tres alternancias en el Poder Ejecutivo, el país se ha convertido en un mosaico pluripartidista.
Además de un referente en la tecnología electoral, con una credencial para votar que ya es patrimonio moderno de México reconocido por la UNESCO; asimismo con ser vanguardia en la Administración de Tiempos del estado en Radio y Televisión y en sistemas informáticos de fiscalización; entre un caudal de logros.
La fuerza de la estructura que tiene su base en el ahora Servicio Profesional Electoral Nacional (y que la complementa la rama administrativa), ha sido motivo para centrar en el ahora INE un caudal de atribuciones que no solo abarcan lo federal, sino que incluyen también las elecciones locales.
La profesionalización electoral no es ni un cheque en blanco ni una plaza sin responsabilidades, ya que sus integrantes acceden primordialmente mediante concursos públicos, se sujetan a evaluación del desempeño y a la aprobación de cursos de formación y desarrollo para mantener la permanencia.
Es una estructura que frente a todas las eventualidades que genera la lucha por el poder le ha dado al país paz social con las reglas conocidas de antemano que no han dejado de modificarse a lo largo del tiempo, para cerrar el paso a cualquier resquicio que genere dudas.
Es en suma la estructura que personaliza a la Institución garante de los Derechos Políticos de la Ciudadanía Mexicana.
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- David Alejandro Delgado Arroyo. Es vocal ejecutivo de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral en Michoacán.