La Página/Redacción
Morelia, Michoacán.-En sesión pública, el Pleno de Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió, por unanimidad de votos, revocar la resolución emitida por el Partido Acción Nacional en el procedimiento en el que impuso una amonestación a su militante Daniel Chávez García.
Cabe destacar que la trascendencia de dicho asunto estriba en que a través del Juicio para la Protección de Derechos Políticos se emite un precedente importante respecto del estudio y control de los actos de los partidos políticos, y el respeto de los derechos de los militantes, asimismo, por que a través de éste procedimiento el TEEM ejerce un Control de Convencionalidad y Constitucionalidad sobre las disposiciones normativas internas del partido político mencionado.
En el caso concreto, los Magistrados del TEEM ordenaron al Comité Directivo de dicho instituto, desaplicar los artículos 37 y 55, fracción II, del Reglamento del PAN, y reponer el procedimiento en el que se impuso una sanción al militante Chávez García, a fin de que se le den todas las garantías del debido proceso y determine si se aplica o no una sanción.
Lo anterior, como consecuencia de que, de acuerdo con lo expuesto por la Magistrada María de Jesús García Ramírez, Presidenta del TEEM, la disposición en la que no se prevé procedimiento alguno para la imposición de sanciones, contenida en el artículo 37 del Reglamento Sobre la Aplicación de Sanciones del PAN, se opone al derecho de que se siga un procedimiento formal.