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Continúa la actividad en el Poder Judicial de Michoacán, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado resuelve “huelga a puertas abiertas”

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  • La labor jurisdiccional y administrativa no se detiene, plazos y términos procesales no se suspenden

Morelia, Michoacán, 28 de febrero de 2022. El Poder Judicial de Michoacán hace del conocimiento de usuarios y personal que, con respecto al emplazamiento a huelga de parte del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial del Estado de Michoacán (SUTASPJEM), el Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Michoacán resolvió procedente la Huelga a puertas abiertas.

Lo anterior, implica que la impartición de justicia no se detiene; que las salas, juzgados y oficinas administrativas seguirán otorgando el servicio a los usuarios de manera habitual; continuarán los plazos y términos procesales, así como el desarrollo de audiencias; por mencionar algunos.

El personal de contrato y confianza deberá presentarse a realizar sus actividades de trabajo; el personal sindicalizado que voluntariamente lo considere, podrá asimismo presentarse a laborar.

A continuación, se transcriben algunos puntos de la resolución, dictado en la audiencia de avenimiento de este 28 de febrero de 2022 por el referido Tribunal de Conciliación.

“…si bien la huelga es un proceso legítimo de suspensión de labores, también lo es que el derecho de la ciudadanía de recibir los diversos servicios públicos que presta el Poder Judicial, debe siempre prevalecer este último, por conllevar un mayor beneficio colectivo. En tales condiciones, debe prevalecer la prestación del servicio público de administración de justicia, indispensable para la ciudadanía, frente a un reclamo sindical al margen de la ley, como es el anunciado, por lo que, la suspensión de labores anunciada por el emplazante, no deberá tener por efecto paralizar la prestación de los servicios públicos a la sociedad, en los juzgados y oficinas del Poder Judicial, en virtud a que en dichas oficinas se llevan a cabo diversos juicios, siendo incontrovertible que el interés particular no puede privilegiarse a costa del general que representa la colectividad…”

“La suspensión de labores anunciada por el colectivo emplazante, como ya se anunció,  no deberá tener por efecto paralizar la prestación de los servicios públicos que se proporcionen a la sociedad sin que ello implique el rompimiento de un posible estado de huelga que mantengan los trabajadores sindicalizados en la fuente de trabajo emplazada, por lo tanto se hace del conocimiento del Sindicato emplazante para que otorgue las facilidades necesarias al personal que labora para el Poder Judicial del Estado, tanto en las instalaciones del Poder Judicial ubicadas en la Ciudad de Morelia como al interior del Estado de Michoacán, y que deseen libremente y por elección propia, seguir laborando en las instalaciones pertenecientes a la emplazada…”

“Toda vez que la Huelga será a puertas abiertas, donde podrán laborar el personal de contrato, de confianza y quienes así lo decidan, no hay necesidad de autorizar personal de emergencia”.

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