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Descarta TEEM uso de símbolos religiosos y violación a veda electoral

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*Los denunciados fueron el arzobispo de Morelia, el entonces candidato a presidente municipal de Morelia por el Partido Revolucionario Institucional, así como a este instituto político y a la empresa Publicaciones Metropolitanas, editora del periódico Publimetro

Morelia, Michoacán.-Tras un cuidadoso análisis del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-111/2021 las y los magistrados, determinaron inexistentes las infracciones atribuidas al arzobispo de Morelia, y al entonces candidato a presidente municipal de Morelia por el Partido Revolucionario Institucional, así como a este instituto político y a la empresa denominada Publicaciones Metropolitanas, editora del periódico Publimetro.

En sesión pública virtual, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) atendió dicho Procedimiento Especial Sancionador interpuesto por el actual presidente municipal de Morelia en contra de los denunciados, a quienes les atribuyó la presunta utilización de símbolos religiosos y difusión de propaganda electoral en veda electoral.

Ante ello, el órgano colegiado declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados, debido a que no quedó demostrada la existencia de la irregularidad consistente en la violación al principio constitucional de separación de Estado y las Iglesias, pues las pruebas no reflejaron que los denunciados hubieran hecho uso de símbolos religiosos o alguna propaganda alusiva a alguna religión a través de actos de campaña en su beneficio.

Mientras que, respecto a la supuesta difusión de propaganda electoral en la etapa de veda electoral, no se actualizó el elemento personal, debido a que la publicación de la nota periodística en el diario Publimetro, estuvo unilateralmente a cargo de la empresa Publicaciones Metropolitanas, en pleno ejercicio de su labor periodística.

Por otro lado se dejaron a salvo los derechos del actual presidente municipal de Morelia, para promover en la vía idónea la denuncia que estime pertinente, en relación con el rebase de topes de gastos de campaña, atribuidos al ahora denunciado.

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