La Página
Por VERÓNICA TORRES MEDRANO
Morelia, Michoacán.- Mediante observaciones, que fueron turnadas el pasado lunes por la tarde, el Ejecutivo del Estado dejó en claro que las Comisiones de Desarrollo Social y de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales no tienen competencia para la creación de nuevos derechos que no estén consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo que los derechos económicos, sociales y culturales otorgados a los embriones es inconstitucional, más cuando el Decreto Legislativo Número 170 es inexistente, debido a que, con fecha 11 de abril de 2013, en el Periódico Oficial del Estado, el instrumento normativo es “Ley de Desarrollo Social del Estado de Michoacán”.
De acuerdo al documento que envió el Ejecutivo Estatal, con sello de recibido al 25 de julio, a las 13:25 horas, especifica que hay una violación a los derechos de las féminas al decidir sobre su cuerpo, atentando, también, a la inconstitucionalidad al crear derechos inexistentes.
“El Congreso Local no puede crear ningún derecho humano que no esté garantizado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o bien en alguna otra norma, sea de fuente internacional o local, y esto responde a que el legislador local no puede proteger la vida desde la concepción ya que no solo intenta modificar el contenido esencial del derecho a la vida sin tener la competencia legal para ello, sino que limita el derecho humano de las mujeres sobre su cuerpo y el derecho al aborto”, puntualiza el documento.