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“La Nueva Ley Orgánica Municipal”. Por Mario Ensástiga Santiago

Por MARIO ENSÁSTIGA SANTIAGO*

En los días que corren las principales notas informativas por obvias razones giran en torno al COVID-19, será por ello que la aprobación de la Nueva Ley Orgánica Municipal de Michoacán (LOM) no ha tenido el impacto que merece en la opinión pública, el asunto es que hay nuevos e importantes ordenamientos legislativos para el mejor funcionamiento de los gobiernos municipales de Michoacán,  de ahí la importancia porque su aplicación deberá ser observada por los próximo gobiernos municipales (2021-2024) a elegir el próximo 6 de junio. 

Esta nueva ley se da justo en un momento por demás adecuado ante el próximo relevo y elección de las nuevas autoridades municipales de Michoacán, aun cuando el contexto general actual no sea el más favorable y promisorio para el fortalecimiento y desarrollo de los gobiernos locales del país; la Gaceta Parlamentaria de la LXXIV Legislatura de Michoacán del pasado15 de febrero, nos informa que ha sido aprobada la Nueva LOM de Michoacán de Ocampo, hasta el momento entiendo que no ha sido publicada por el Periódico Oficial del estado del estado para que entre en vigor con todas las de la ley.

La Nueva LOM es resultado-se dice-de una amplia consulta ciudadana a diversos sectores de la sociedad, para su estudio, análisis, propuestas y discusión, para ello se realizaron 12 Foros Regionales de abril de 2019 a febrero de 2020, proceso que posibilito presentar más de 30 iniciativas con la participación de prácticamente la mitad de los y las diputadas locales más la propuesta presentada por el titular del Poder Ejecutivo del estado; pese a ello el coordinador del Consejo Supremo Indígena de Michoacán (CSIM), Pavel Guzmán Macario señaló que la ley no es suficiente, ya que no se consultó a todas las comunidades ni asambleas indígenas del estado.

La actual LOM que en breve perderá vigencia data del 2001 siendo gobernador Víctor Manuel Tinoco Rubí, desde entonces a la fecha ha sufrido muchas modificaciones, pequeñas y sustantivas, por ejemplo, del 2007 a 2018 fueron 88 reformas legislativas, 39 en el 2007, 19 en 2011 y 10 en 2017, en la mayoría de los casos fueron para adecuarla a las nuevas disposiciones legislativas a nivel federal. 

La llamada nueva LOM se amplia a 221 artículos, la actual es de 182, el trabajo legislativo de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales integrada por los diputados Hugo Anaya Ávila, Humberto González Villagómez y Sergio Báez Torres, ex presidentes municipales de la Piedad, Huandacareo y Buenavista respectivamente, esfuerzo en el que participaron otras comisiones del Congreso Local durante prácticamente un año y medio de trabajo; este ejercicio se concreta en un claro intento de reestructuración, ordenamiento y claridad de varias temáticas en las que había lagunas y deficiencias que daban pie a diversas interpretaciones, es sin duda un buen esfuerzo de trabajo legislativo. 

Desde luego que la mejor prueba de los alcances, limitaciones  y utilidad de la nueva LOM, se verá objetivamente en función de su aplicación y operatividad con los nuevos ayuntamientos a elegir el próximo 6 de junio, por el momento me limito a externar una opinión inicial, en lo general se abordan temas como el relativo a los auxiliares de la administración pública; los pueblos indígenas; la planeación participativa, el Concejo de Planeación Municipal, mayor vigilancia y operatividad del Plan Municipal de Desarrollo; especial atención del POA de la Obra Pública Municipal.

La transparencia; creación de nuevas Jefaturas de Tenencia; condiciones por las que desaparece un Ayuntamiento; reestructuración de las comisiones del ayuntamiento; sobre la elección por convocatoria del Contralor Municipal; la necesidad del Patronato del DIF; Derechos y Obligaciones de los Servidores Públicos Municipales y el Servicio Civil de Carrera. Hay más modificaciones como la importante incorporación a todo el texto del Lenguaje Incluyente de los géneros contradictoriamente una de las grandes ausencias es la insoslayable necesidad de la normatividad y presupuesto para la instalación y funcionamiento de los Institutos Municipales de la Mujer, que hoy en día donde existen funcionan muy limitadamente y que frente a este “milenio feminista” no se les da el apoyo para que atiendan el gran flagelo de nuestros días de las constantes violaciones a los derechos humanos de las mujeres. 

De manera particular y destacada se abordan tres temas de especial interés, el de los y las auxiliares de la administración pública municipal (Jefaturas de Tenencia y Encargaturas del Orden); el de las comunidades indígenas y el del cuidado y procuración del medio ambiente.

Para iniciar bien el próximo periodo municipal 2021-2024, tendrá que haber con los nuevos ayuntamientos la elección de nuevas y nuevos auxiliares de la administración municipal, a pesar de que muchos han sido elegidos recientemente y no cumplirán los tres años, como en el caso de Morelia, auxiliares y no autoridades municipales como se les conoció por muchos años; ahora podrán participar con derecho a voz y voto en los Consejos Municipales, podrán organizar y ejercer el tan famoso Presupuesto Participativo, como una de las expresiones latinoamericanas comunitarias más representativas de participación ciudadana, los recursos económicos serán el total de la recaudación por concepto del impuesto predial que se obtenga en cada demarcación territorial de las tenencias, además de promover la educación en español y la lengua originaria.

Las jefas o jefes de tenencia se elegirán mediante el voto libre directo y secreto, elección sancionada con la importante participación del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el Instituto Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, así sin ser todavía un proceso que les dé el estatus constitucional de autoridades, será muy importante, en determinados casos y circunstancias se podrá recurrir a formas de elección de usos y costumbres;  las jefaturas de tenencia, encargaturas del orden y secretarías administrativas de las tenencias, recibirán la remuneración económica que marque el presupuesto de egresos anual del municipio y se pagará directamente por la tesorería municipal.

La  nueva  ley municipal emplaza a los representantes comunitarios, territoriales y auxiliares de la administración municipal a trabajar por la ecología y el medio ambiente sustentable y por ende por el mejoramiento del tema del cambio climático; en la creación, vigilancia y administración de las Áreas Naturales Protegidas, de las Zonas de Restauración y Protección Ambiental.

Otro punto a destacar es la facultad de poder solicitar que se establezcan juzgados comunales en las poblaciones indígenas y jefaturas de tenencia cuyas condiciones sociales demográficas y geográficas históricas así lo ameriten; las jefaturas de tenencia podrán tener una secretaría administrativa que será  solicitada y autorizada por el presidente o presidenta municipal.

A manera de conclusión anticipada a la experimentación en el terreno de la práctica de la aplicación de los nuevos lineamientos jurídicos, administrativos, organizativos y políticos contemplados en la Nueva Ley Orgánica Municipal de Michoacán de Ocampo, me parece un buen ejercicio legislativo, que es de esperarse que como lo señalan los considerandos y objetivos de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, contribuyan al mejoramiento, desarrollo y bienestar de las actuales condiciones de vida de las poblaciones municipales, a final de cuentas de todos y todas las familias residentes en nuestra entidad.

Durante la década de los años 90s, a nivel nacional y particularmente en Michoacán, se desato un intenso proceso municipalista, en el que se abordaron en innumerables ocasiones a nivel nacional, estatales, regionales y municipales, la necesidad de una nueva y estratégica Reforma Municipal de nuestro sistema político, legislativo, hacendario y fiscal para reformar no sólo el artículo 115 constitucional, que supere el actual modelo institucional de nuestros municipios, por demás agotado e ineficiente para resolver medianamente los nuevos e ingentes problemas que nos aquejan.

Sin dejar de valorar y reconocer la nueva LOM en Michoacán, sé de sobra que para ser un verdadero ordenamiento municipalista local de avanzada y vanguardia, es condición la Reforma Municipalista Estratégica a nivel nacional, para establecer leyes orgánicas municipales no presidencialistas y de auténticas representaciones políticas de la sociedad más que de los partidos políticos, el establecimiento pleno de la división de poderes al interior de los ayuntamientos y la eliminación de elecciones por planillas municipales partidarias, en fin, hay mucha tela de dónde cortar.

Como quiera que sea, esperemos de verdad que la Nueva Ley Orgánica Municipal de Michoacán se concrete y coadyuve de manera determinante al nuevo proceso social, económico, cultural y político del desarrollo, crecimiento y bienestar de la entidad con el gobierno estatal 2021-2027. 

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* Mario Ensástiga Santiago. Es ingeniero por el IPN, además de realizar estudios en la Escuela Nacional de Antropología e Historia, y una maestría en Desarrollo Urbano. Ha militado en la izquierda durante 45 años. Fue secretario ejecutivo del Centro de Desarrollo Municipal (Cedemun) y asesor de diversos gobiernos municipales. 

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