La Página
Por VERÓNICA TORRES MEDRANO
Morelia, Michoacán.- Michoacán cuenta con una cifra negra de hasta 97.4 por ciento de casos de extorsión que no son denunciados, subrayó el consejero Jurídico de Gobierno del Estado, César Augusto Ocegueda Robledo durante la presentación de la Iniciativa de Ley contra el Delito de Extorsión en Michoacán.
Refirió que los casos de extorsión en Michoacán han incrementado 200 por ciento; en el 2021 se registraron dos casos, mientras que el año pasado fueron 6. Sin embargo, y de acuerdo a la Encuesta Nacional de Victimización de Seguridad Pública, refirió que del delito de extorsión representa una cifra negra en el estado por casos no denunciados en 97.4 por ciento.
Enfatizó que desde el 2014 no se ha hecho cambios en el Código Penal en materia de corrupción, por lo que destacó que se busca haya cambios para que no haya impunidad y la ciudadanía tenga confianza en denunciar.
Asimismo, precisó que el incremento ha sido de forma alarmante en las regiones productivas de la entidad, principalmente Lázaro Cárdenas, Uruapan, Morelia, Zitácuaro, La Piedad, entre otros, donde se ha detectado el cobro de piso, cobro de protección, cobro de falsas deudas y accidentes vehiculares provocados.
Por lo que refirió que hoy se busca dar protección de bienes jurídicos tutelados y no se centre en el daño patrimonial, sino en proteger la seguridad personal, la libre autodeterminación, la tranquilidad, la integridad y la libertad de las personas, y dar garantías a sectores productivos
Asimismo, proteger no solo a la víctima directa, sino también de quienes sirvan como medio de coacción para que el sujeto pasivo haga, deje de h hacer o tolere algo en su perjuicio o en perjuicio de terceros, tales como la familia, actividades económicas o posesiones.
Y, sancionar la conducta independientemente de que se logre o no el perjuicio patrimonial de la víctima y reconocer que el delito no solo se realiza de manera personal, sino a través de cualquier medio tecnológico.
La propuesta, dijo, se busca aumentar la penalidad de 15 a 25 años de prisión, además de trasladar el Capítulo de Extorsión, del Título de Delito contra el Patrimonio al Título de Delitos contra la Paz de las Personas, a fin de subirlo de rango como un delito que ataca la paz de las personas al igual que el secuestro.
Asimismo, se persiga de oficio cuando el Ministerio Público tenga noticia de que afecta las actividades económicas o productivas del estado. Además de obligar a servidores públicos en el ejercicio de sus funciones a denunciar ante el Ministerio Público la probable existencia de este delito. E, incluir la modalidad de delitos por medios electrónicos o nuevas tecnologías.
También, cuando se realice por personas privadas de la libertad o desde el interior de un reclusorio o centro de reinserción social, además que los servidores públicos encargados de la custodia o vigilancia que faciliten los medios para que se cometa por personas privadas de la libertad. Inclusive, cuando el sujeto activo o alguien en su representación reciba dinero o bienes de la víctima, en más de una ocasión.
En agravante, también, incluye a la víctima que se dedique al comercio o al desarrollo de actividades económicas y la extorsión implique el cobro de cuota o el otorgamiento de protección de cualquier tipo, además de que el hecho interviene algún grupo de la delincuencia organizada, sea cierta o no. También cuando el medio para obtener el lucro sea la coacción o amenaza con publicar o difundir mensajes, imágenes o videos de carácter erótico o sexual, en los que aparezca la víctima.
Asimismo, cuando el hecho intervenga una o más personas armadas o simulen estarlo, cuando por medio documental, electrónico, telefónico, amenaza o intimidación, se requiera el pago de una deuda inexistente, entre otros.