La Página
Por Víctor Armando López.
Morelia, Michoacán.-Actualmente en Michoacán existen 16 municipios en los que la población tiene que convivir con narcotraficantes y grupos de autodefensa al mismo tiempo, siendo los lugares de mayor conflicto: Aquila, Caleta de Campos, Chinicuila y Coahuayana.
Además, a pesar de existir ya una estrategia federal para la seguridad en Michoacán, la falta de comunicación y lineamientos claros que establezcan la relación entre las fuerzas del orden y los grupos de autodefensas, da pie a que se vulneren derechos.
Lo anterior se desprende del informe especial “Derechos humanos en áreas de conflicto en Michoacán”, mismo que es el segundo que elabora la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y que fue presentado públicamente hoy con la participación de sus consejeros: José María Cázares Solórzano, Germán Rodrigo Martínez Ramos, María Isabel Pinto Anguiano, Alma Rosa Bahéna Villalobos, Alejandro González Cussi, Miriam Heredia Zertuche y Bernardo María León Olea.
José María Cázares Solórzano, consejero presidente de la CEDH, puntualizó que en Michoacán se requiere una aplicación cabal de dos conceptos: Respeto y responsabilidad, para estabilizar y pacificar a la entidad.
En este informe se destaca que el control que han decidido ejercer los grupos de autodefensa para defenderse de la violencia que impera en sus comunidades, es muestra clara del aumento de la violencia y de la falta de una respuesta eficaz de las autoridades estatales para combatirla.
Además, para la CEDH el surgimiento de los grupos de autodefensa evidencia la desesperación de un sector importante de la ciudadanía, cansado de la inseguridad, así como de cuerpos policiacos y autoridades de procuración de justicia que no ofrecen respuestas en la prevención del delito y el combate a la delincuencia.
Y se detalla: “Se ha constatado que las autodefensas no cuentan con la capacitación para realizar las funciones de seguridad que corresponden exclusivamente al estado, con lo que ponen en riesgo sus vidas y violan los derechos de civiles con acciones arbitrarias. Si bien es cierto que los grupos de autodefensa son una reacción ante el abandono por parte del estado sobre sus funciones, es aún peor que éste las legitime. El legitimar a las autodefensas no impedirá que éstas sean vulneradas en sus derechos humanos, así como tampoco evitará que dichos grupos sigan cometiendo abusos”.
Finalmente en este informe la Comisión Estatal de Derechos Humanos hace una serie de propuestas que a continuación se presentan:
Para el Poder Legislativo de Michoacán:
1.-Participar activamente en la construcción de consensos para el fortalecimiento de la gobernabilidad en las comunidades afligidas por el conflicto, especialmente en lo que ve a los ayuntamientos afectados en su integración, a fin de generar condiciones óptimas que permitan a las autoridades democráticamente electas el ejercicio legítimo del poder y la prestación de los servicios municipales. Lo anterior, en espacios que permitan conocer directamente la percepción de los habitantes y privilegiar la intención de la mayoría reflejada en los procesos electorales.
2.-Continuar los esfuerzos de armonización, adecuación y renovación del marco jurídico estatal en todo aquello que responda a las necesidades particulares que se presentan en la entidad, especialmente lo relativo a la procuración de justicia, priorizando en ello los principios de autonomía, profesionalismo y respeto a los derechos humanos que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 116, fracción IX, a partir de la reforma del 7 de febrero de 2014, lo que además representa una oportunidad para renovar la confianza en la institución y mejorar su eficacia.
Para el Poder Ejecutivo de Michoacán:
1.-Garantizar la prestación de los servicios públicos estatales y coadyuvar con los municipios para hacerlos efectivos en los casos en que las condiciones locales dificulten el actuar de sus actividades.
2.-Brindar todo el apoyo administrativo necesario, incluidos recursos humanos y materiales, para que las dependencias del Poder Ejecutivo estén en condiciones óptimas de cumplir con sus responsabilidades, especialmente la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia del Estado y la Secretaría de Salud.
3.-Instruir a los titulares de las diferentes dependencias para realizar las labores de gestión necesarias ante las autoridades federales a fin de contar con mayores recursos que permitan una participación más activa del estado en la reconstrucción del tejido social, especialmente en lo relativo a educación, salud, cultura y empleo. Igualmente, generar canales de comunicación efectiva entre las diferentes dependencias y los organismos de la sociedad civil, en particular con empresarios y empleadores, a efecto de que puedan realizar sus actividades en las mejores condiciones, brindando facilidades que aminoren el impacto generado por los fenómenos sociales materia del presente documento.
4.-Revisar los mecanismos por medio de los cuales se está llevando a cabo la colaboración con los grupos de autodefensa, así como la sujeción a criterios de legalidad de sus integrantes, especialmente la portación de armas, evitando la invasión de responsabilidades y competencias, y promoviendo la colaboración en aquellos rubros en los que sí sea factible el trabajo conjunto entre gobierno y sociedad.
5.-Dar continuidad al apoyo y acercamiento con la población y autoridades de todos los municipios del estado, a efecto de sumar y multiplicar los esfuerzos que se realizan en materia de seguridad y procuración de justicia, con pleno respeto a su autonomía; por lo que ve a los municipios cuyos ayuntamientos han visto afectada su integración ordinaria, realizar el acercamiento y diálogo conducente con las autoridades de los distintos órdenes de gobierno y con los actores involucrados para lograr la reintegración constitucional de dichos Ayuntamientos y posibilitar el ejercicio de sus funciones en condiciones óptimas. Lo anterior, de acuerdo al artículo 23, fracciones ll, IX, XVII y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán.
6.-Continuar con la profesionalización y depuración de los servidores púbicos encargados de la procuración de justicia, así como proponer las reformas necesarias para que la dependencia correspondiente cumpla con los principios establecidos en la reforma constitucional del 7 de febrero de 2014 señalada en párrafos anteriores.
7.-De acuerdo al Título Cuarto de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Michoacán, continúe con el proceso de depuración de su personal para estar en mejores condiciones de cumplir con las atribuciones que le competen en coordinación y colaboración con las autoridades federales y municipales, según lo dispesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para los ayuntamientos de Michoacán
1.-Velar por la institucionalidad y el respecto a su autoridad constitucional como representantes legítimos de la población en los municipios, así como garantizar el cumplimiento sus responsabilidades hasta el máximo de sus posibilidades de manera autónoma o solicitar la colaboración de las autoridades federales y estatales.