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OPINIÓN. “El periodo de reflexión de la Revocación de Mandato”. Por David Alejandro Delgado Arroyo

Por DAVID ALEJANDRO DELGADO ARROYO

En un proceso electoral, hay una fase de prohibición de propaganda gubernamental desde el inicio de las campañas hasta el día de la Jornada Electoral; pero también hay una veda de las campañas electorales en los tres días previos a la Jornada Electoral con el propósito de que la ciudadanía tiene un periodo de reflexión para decidir su voto.

Según la Red de Conocimientos Electorales ACE nos indica que: “Este periodo de reflexión tiene la intención de reducir la retórica política y las tensiones entre los partidos opositores, para que sus respectivos partidarios vayan a votar tranquilamente a los mismos centros de votación”.

Pues bien, las actuales legislaturas de las Cámaras de Diputados y Senadores aprobaron la Ley Federal de Revocación de Mandato, que fue promulgada por el Presidente de la República, con la firma del Secretario de Gobierno y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de Septiembre de 2021.

En dicha Ley se estableció en su artículo 32 lo siguiente: “El Instituto deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, la cual concluirá hasta tres días previos a la fecha de la jornada”.

Pero resulta que los partidos políticos y los servidores públicos tienen prohibido participar en la difusión de la Revocación de Mandato, por lo que queda el INE con la facultad exclusiva de ser la instancia encargada de la difusión de la Revocación de Mandato, además de que ciudadanas y ciudadanos de manera individual o colectiva podrán dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, excepto contratar en radio y televisión.

Es decir, se establece un periodo de reflexión en un procedimiento donde no hay partidos políticos ni servidores públicos en contienda, o al menos es lo que se deriva de la Ley, porque cualquier intervención de éstos es ilegal.

Luego entonces, queda solo el INE limitado en la difusión durante el periodo de reflexión que comienza hoy jueves 7 de abril de 2022. Lo cual resulta un contrasentido ya que la población requiere que la autoridad responsable le informé a la ciudadanía sobre la ubicación de casillas, sobre las medidas sanitarias que deben seguirse en las casillas, sobre el propio procedimiento de votación, sobre la forma como se darán los resultados electorales del conteo rápido y de los cómputos distritales, entre otros.

Es pues un mal trabajo legislativo que parte de una ausencia de solicitud de apoyo técnico al INE, que además ha sido frecuente debido a que se van introduciendo elementos en una legislación ultrabarroca en donde los nuevos dispositivos van haciendo colisión con los elementos del modelo electoral subsistentes.

Por ello, el día 6 de Abril de 2022, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo por el que se determina la conclusión de la difusión de la revocación de mandato en Radio y televisión y se establecen mecanismos para brindar información necesaria a la ciudadanía para el ejercicio de su derecho a la participación.

Con ello, el Consejo General del INE cumple con la Ley suspendiendo todos los promocionales de radio y televisión sobre la Revocación de Mandato durante el referido periodo de reflexión; pero interpreta que en función al derecho a la información de la ciudadanía, continuará ofreciendo toda la información necesaria para que la ciudadanía pueda ejercer su derecho político a participar en la Revocación de Mandato, de este próximo 10 de abril.

El Consejo General del INE consideró que la difusión de las campañas de información sobre el proceso de Revocación de Mandato, fueron previstas por el legislador para que se realizaran a través de promocionales de radio y televisión, por lo que éstos dejarán de aparecer el día del hoy 7 de abril.

Sin embargo, se considera que deben tutelarse los principios de máxima publicidad y transparencia, así como acceso a la información, el Instituto Nacional Electoral continuará las labores de comunicación social inherentes al Proceso de Revocación de Mandato, a través del uso de las redes sociales y cualquier otro medio de comunicación social diverso a los promocionales en radio y televisión.

Por lo anterior, continuarán las entrevistas de funcionarias y funcionarios en medios de comunicación sobre el desarrollo de la Revocación de Mandato, conferencias de prensa con detalles logísticos, publicaciones en redes sociales, enfocadas a datos utilitarios: qué llevar, medidas sanitarias, ubicación de casillas, cómo se darán los resultados, evitando los llamados directos a participar.

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*David Alejandro Delgado Arroyo. Es licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM; con estudios de maestría en Administración Pública por el INAP y en Procesos e Instituciones Electorales por el IFE. Miembro fundador del Instituto Federal Electoral, en donde ingresó en 1991 desempeñando diversas funciones de Jefe de Departamento, Subdirector, Vocal Ejecutivo Distrital en Coatepec y en Minatitlán, Veracruz; a partir de 1999 se desempeña como Consejero Presidente de Consejo Local del IFE, cargo que ha representado en Querétaro; Aguascalientes; Durango; Guerrero y actualmente Michoacán ya como INE

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