Por DAVID ALEJANDRO DELGADO ARROYO*
El próximo 8 de diciembre habrá elección extraordinaria en Irimbo, Michoacán, tal y como lo ha determinado el pasado 24 de septiembre, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, en coordinación con el Instituto Nacional Electoral.
Sumando a ello, el 25 de septiembre la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales Electorales del Consejo General del INE aprobó subir al Consejo General del INE, el Plan Integral y los Calendarios de Coordinación para los Procesos Electorales Locales Extraordinarios 2024, entre los cuales se encuentra Irimbo, Michoacán.
En dicha elección extraordinaria, cada uno de los organismos electorales nacional y local realizarán las atribuciones que a cada uno corresponde; en el caso del INE, facilitar la misma Lista Nominal de Electores del pasado 2 de Junio (13,220 electores), ubicar las 21 casillas, así como integrarlas; para ello, contratar a Supervisor Electoral, así como a Capacitadores Electorales para tal fin, entre otros aspectos.
El instituto Nacional Electoral ha previsto en la Estrategia de Capacitación Electoral y Asistencia Electoral un procedimiento para la reposición de procesos, mismo que establece que los Consejos Locales y Distritales del INE funcionarán para dicho propósito. En el caso de Michoacán, se deberá instalar el Consejo Local en breve, así como el 06 Consejo Distrital con cabecera en Ciudad Hidalgo.
Lo anterior, porque el Consejo Local es el órgano facultado para nombrar Consejerías Distritales, mismas que tienen el derecho de participar en el extraordinario, quienes participaron en el ordinario, pero si hubiere vacantes, es cuando interviene el Consejo Local.
Adicionalmente, el Consejo Distrital es el órgano facultado para nombrar a quienes se desempeñen como personas Supervisoras Electorales, así como Capacitadoras Asistentes Electorales, que conforme al procedimiento, también serán las mismas que participaron en el proceso electoral ordinario, De igual forma, si hubiere vacancias, se seguirán el procedimiento de Lista de reserva, o en su caso, una nueva convocatoria.
También al Instituto Nacional Electoral le corresponderá la administración de tiempos en radio y televisión para ser utilizado por las candidaturas a la presidencia municipal.
Al Instituto Electoral de Michoacán, le corresponderá el registro de coaliciones, de candidaturas, la sustanciación de las quejas, el programa de resultados electorales preliminares, así como el cómputo municipal, entre otros.
Es importante recordar que dicha elección se anuló derivado de la siguiente conclusión: “si bien a primera vista las criticas contenidas en las publicaciones analizadas no rebasan los límites constitucional y legalmente establecidos, se advierte que con esas expresiones se reproducen estereotipos de roles de género de subordinación que colocan a las mujeres en situación de desventaja, porque se insiste en referir a la entonces denunciante como esposa de un hombre que ya no es su cónyuge”.
Esperemos, que la lección sea aprendida entre la ciudadanía y los actores políticos para moderar el lenguaje y aportar a una contienda basada en proyectos para el Municipio de Irimbo.
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*David Alejandro Delgado Arroyo. Es licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM; con estudios de maestría en Administración Pública por el INAP y en Procesos e Instituciones Electorales por el IFE. Miembro fundador del Instituto Federal Electoral, en donde ingresó en 1991 desempeñando diversas funciones de Jefe de Departamento, Subdirector, Vocal Ejecutivo Distrital en Coatepec y en Minatitlán, Veracruz; a partir de 1999 se desempeña como Consejero Presidente de Consejo Local del IFE, cargo que ha representado en Querétaro; Aguascalientes; Durango; Guerrero y actualmente Michoacán ya como INE.