La Página
Por Víctor Armando López.
Morelia, Michoacán.-El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán tendrán que volver a emitir el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2015, y el proyecto de ampliación para el ejercicio 2014, así como el calendario de ministraciones de prerrogativas para los partidos políticos, una vez que no respetó el parámetro que se marca en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Así lo ordenó el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán durante la sesión celebrada este día, y es que la Carta Magna es el parámetro para las constituciones y leyes electorales locales, y es que en estos temas el Instituto Electoral de Michoacán fue contrario a las bases constitucionales y legales lo dispuesto en el artículo 112, inciso a, fracción I, en cuanto al porcentaje a partir del cual se calcula el monto de financiamiento que recibirán los partidos, resulta inaplicable para el caso en concreto.
A este respecto es importante señalar que mientras el artículo 41, fracción II, inciso a, y 116 fracción IV de la Constitución señalan como base el 65 por ciento del salario mínimo del estado que se trate, el Código Electoral en el artículo ya mencionado señala sólo el 20 por ciento.
En esta misma sesión, los magistrados determinaron que no se le podían dictar medidas cautelares al senador Raúl Morón Orozco y al Partido de la Revolución Democrática, por la propaganda con motivo de su informe legislativo, ya que contrario a lo señalado por el PRI, en éstos no se advierten indicios de una indebida promoción personalizada.
Cabe destacar que del estudio del expediente, los Magistrados del TEEM llegaron a la conclusión de que la autoridad responsable analizó debidamente los elementos de procedencia de la medida provisional solicitada y que si bien no se pronunció respecto del principio de equidad, ello no era en perjuicio del PRI, toda vez que tal cuestión sería materia del estudio de fondo del procedimiento administrativo, yno en el ámbito de las medidas cautelares.