La Página
Morelia, Michoacán. – La percepción de impunidad y corrupción, da como resultado que muchas veces la sociedad se convierta en encubridores de un delito, pero en el caso de quienes encubren de manera deliberada un feminicidio, incluso con la alteración o desaparición de huellas del asesinato, deben ser sancionados, afirmó Oscar Escobar Ledesma, diputado local por el distrito 19 con cabecera en Tacámbaro.
Al presentar la iniciativa por la que se adicionan las fracciones VI y VII así como un último párrafo al artículo 280 del Código Penal del Estado de Michoacán, Escobar Ledesma explicó que se plantea el aumento en la pena desde un tercio hasta la mitad a quienes participen en la desaparición de las huellas del delito en caso de feminicidio o para quienes cometan escarnio público.
“Esta iniciativa propone una reforma en nuestro Código Penal también para cuando los encubridores del feminicida provocan escarnio públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento o publican imágenes de la víctima o alusivas a ella, con una burla tenaz, grosera e insultante expresión de desprecio, o mofa, burla o vilipendio con el propósito de afrentar o ridiculizar los hechos, el honor o sentimientos de los familiares o seres queridos de la víctima”.
Aseveró que es urgente sancionar estás formas de violencia que afectan a la sociedad, principalmente a los familiares y amigos de las víctimas de feminicidio, cómo ocurrió en casos recientes.
“La comunidad tiene una falta de credibilidad y confianza en las instituciones frente a cualquier acto delictivo. La percepción de impunidad, corrupción, falta de capacidad de operación e investigación da como resultado que la gente no denuncie, provocando que la comunidad se convierta en víctima de los delitos y víctima de la impunidad. Pero también, existe una profunda falta de ética ciudadana, como ejemplo, cuando las personas guardan silencio, ante toda esa violencia realizada a nuestras mujeres, se convierten en encubridores”.
La iniciativa presentada por el legislador albiazul plantea aumentar las penas desde un tercio hasta en una mitad, sólo en aquellos casos tipificados como feminicidios, cuando el que realice cualquiera de las conductas siguientes tenga el carácter de ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, cónyuge, concubina o concubinario o persona ligada con la persona imputada por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, y que en el afán de encubrir la actividad criminal deliberadamente, quiera hacer desaparecer las huellas del delito.
En caso en que el o los encubridores del feminicida realizan escarnio públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento o publican imágenes de la víctima o alusivas a ella, las penas se aumentarán hasta en una mitad.
Las penas previstas se duplicarán, si la conducta es cometida por servidores públicos encargados de prevenir, detectar, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos o ejecutar las sanciones penales, así como a los ex servidores públicos encargados de tales funciones que cometan dicha conducta en los dos años posteriores a su terminación. Además, se les impondrá inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La inhabilitación comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión.