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Que no prescriba delito de violación en Michoacán propone Octavio Ocampo

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Morelia, Michoacán, 09 de junio de 2020.- La violencia sexual es una de las formas de violencia más extrema que sufren las mujeres y las niñas, por ello, el diputado Octavio Ocampo Córdova propone reformar los artículos 102 y 105 del Código Penal para el Estado para que el delito de violación en Michoacán no prescriba.

Este miércoles, el diputado vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso del Estado, presentará dicha propuesta para que los delitos sexuales no prescriban y se puedan perseguir cuando las víctimas lo denuncien, sin importar cuando se registró el hecho.

Según datos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), en México, se cometen al menos 600 mil delitos sexuales cada año; nueve de cada 10 víctimas son mujeres; la mitad de los delitos sexuales son cometidos en el hogar de la víctima y 60 por ciento de las veces por familiares o personas conocidas. Asimismo, cuatro de cada 10 son menores de 15 años de edad.

“Con esta reforma al Código Penal damos un paso en el camino y mandamos el mensaje fuerte y claro que en Michoacán tenemos la obligación de perseguir este delito y que lo haremos sin límite de tiempo”.

Hizo mención que muchas víctimas no denuncian por temor cuando son agredidas, y cuando lo quieren hacer se enfrentan a que dicho delito prescribe, por lo que es necesario eliminar todo obstáculo, ya que una violación deja marcas para toda la vida y se debe hacer justicia, por ende, adecuar la legislación actual.

Las estadísticas sobre delitos sexuales señalan que se estima que, por cada mil víctimas, solo 100 denuncian, mientras que solo 10 van a juicio, de los cuales solamente uno se resuelve, por lo que es necesario fortalecer la legislación para garantizar el acceso a la justicia y fortalecer el combate a la impunidad.

Octavio Ocampo hizo mención que, de acuerdo a los reportes oficiales, en México 19.2 millones de mujeres fueron sometidas en algún momento de su vida a algún tipo de intimidación, hostigamiento, acoso o abuso sexual.

El diputado por el Distrito de Huetamo explicó que, actualmente en Michoacán, el artículo 164 del Código Penal establece que a quien cometa el delito de violación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y cuando la víctima sea un menor, de 10 a 30 años. Esto significa, de acuerdo a la regla que aplica, que la violación prescribe en 10 años y 20 años respectivamente.

“Las organizaciones de la sociedad que trabajan con víctimas de violación llevan tiempo solicitando la ampliación de los plazos de prescripción, porque las víctimas suelen tardar en procesar los abusos y en ser capaces de hablar de ello, por lo que en muchas ocasiones los culpables quedan sin castigo”.

Por lo anterior, explicó que presentará dicha iniciativa que pretende que las víctimas pueden presentar acciones penales para perseguir estos delitos sin que se extinga la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo.

“El objetivo es que los responsables puedan ser perseguidos y condenados sin que puedan escapar a la acción de la justicia por razones de tiempo, de prescripción del delito. Las huellas de una violación son de por vida y es inaceptable que el delito prescriba, esa es la razón de esta iniciativa que pone al centro la protección de los derechos de la víctima”.

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