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Imprescindible la máxima protección a víctimas de trata de personas en el actuar de juzgadores: magistrada Llanderal Zaragoza

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Morelia, Michoacán. “Este tipo de eventos los organiza el Poder Judicial de Michoacán para aportar a crear conciencia sobre la importancia de cumplir con la gran responsabilidad que tenemos como sociedad, tanto para la prevención de la trata de personas como para sancionar a quienes participan de ella y, fundamentalmente, destacar la máxima protección que debe darse a las víctimas en todo nuestro actuar”, afirmó María de los Ángeles Llanderal Zaragoza, magistrada de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

En el ciclo de videoconferencias sobre trata de personas y ante un nutrido público en dos plataformas digitales, la magistrada destacó que la trata anula todo sentido de persona, al someter a las víctimas a una calidad de objeto disponible para otro, pero no disponible para sí mismo ni para su propia vida. Es un delito en constante crecimiento; a nivel internacional, cada año entre 600 mil y 800 mil personas cruzan las fronteras como víctimas de trata.

Llanderal Zaragoza explicó que un reducido número de asuntos llega a los tribunales debido a la complejidad de las investigaciones y, por ende, la dificultad de integración de casos judiciales sólidos. En ese sentido, mostró cifras emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, donde destaca que en todo México del 2012 al 2017 se emitieron 858 sentencias, de las cuales 296 fueron absolutorias y 562 condenatorias; de éstas últimas 543 pertenecen al ámbito local (4 de ellas en Michoacán) y 19 al federal. 

De las resoluciones se obtiene que fueron víctimas un total de 790 personas, de las cuales 748 son mujeres y niñas; asimismo, que el 95% se relaciona con explotación sexual. Por otro lado, de los 490 sentenciados, el 70% son hombres y 13 de origen michoacano. Enfatizó que desde 2015 con la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio y oral en la entidad se han registrado 17 causas de trata.

Por lo que respecta a la protección de la víctima, señaló que las y los jueces deben garantizar una asistencia especializada e inmediata, la información en su idioma; durante las audiencias, retirar del entorno factores incriminatorios, procurar que en la cobertura mediática no se le exponga; y en los testimonios, valorar la vulnerabilidad y decidir si las audiencias pueden ser a puerta cerrada, a través de medios remotos, en salas distintas, con utilización de un seudónimo y con voz distorsionada.

Al exponer las medidas de protección que se deben considerar, como alojamientos, resguardos, atención médica y psicológica, informar cuando el imputado quede libre o se fugue, entre otras, puntualizó, “también debemos enfocarnos en la capacitación, investigación y, en el ámbito jurisdiccional, constituirnos en jueces proactivos para que la información fluya en mayor medida en las audiencias; debemos ser cuidadosos de nuestra imparcialidad pero no permanecer callados cuando no nos queda clara cierta situación expuesta en audiencia”, finalizó la magistrada penal.

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