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Obligado el edil de Epitacio Huerta a entregar información a regidores sin cobro: TEEM

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Morelia, Michoacán.-Al acreditarse violación a los derechos políticos electorales, en la vertiente del ejercicio en el cargo; el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán ordenó este jueves que el presidente municipal de Epitacio Huerta, Michoacán, realice la entrega de la información solicitada y se cancelen los cobros económicos por copias a los regidores y regidoras, actores que han hecho peticiones de información financiera y del comité de obras.

Al resolverse el juicio ciudadano 35 de este 2019, presentado por el Magistrado Ignacio Hurtado Gómez a la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa, quien fungió como presidenta en la sesión pública de hoy y al Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras; por unanimidad  se determinó la indebida omisión de entregar copias certificadas de las actas de Cabildo y del Comité de Obra Pública. Además de que se consideró la omisión de entregarles información relacionada con el avance del Programa Operativo Anual y de las obras realizadas en el 2018; toda vez que de las constancias que obran en autos está acreditado que la información solicitada, no les ha sido entregada, máxime que se restringe su derecho al exigirles un pago por las copias que requieren.

En referencia a los disensos relacionados a las conductas denunciadas en el contexto de las sesiones del Ayuntamiento y de las actas de las mismas, se determinaron infundados los agravios, puesto que los actores solo emiten afirmaciones genéricas, sin especificar a qué actas de sesión se refieren, y por el contrario, en las actas de sesiones y sus correspondientes versiones estenográficas constan manifestaciones vertidas por los promoventes respecto a los temas sometidos a su consideración, así como su respectiva votación, por lo que no se identifica algún hecho susceptible de acreditar alguna de sus afirmaciones.

En relación al agravio consistente en que existen amenazas y abusos de autoridad del Presidente Municipal de Epitacio Huerta para destituirlos del cargo, disminuirles su retribución económica y negarles la entrada a las sesiones, se considera inoperante el agravio,  además de ser afirmaciones genéricas no obra en el expediente elemento de prueba que de manera indiciaria haga suponer la existencia de tales actos.

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