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OPINIÓN. “Votos con fecha de caducidad. La tránsfuga”. Por Araceli Gutiérrez Cortés

Por ARACELI GUTIÉRREZ CORTÉS*

¿Alguna vez votó por una persona que representaba un proyecto o una ideología, y cuando esa persona llegó al cargo, se cambió de partido?… también me pasó.

Esa acción tiene un nombre técnico, es conocida como transfuguismo legislativo. Si buscáramos la palabra en el diccionario de la Real Academia, entre las definiciones que nos ofrece del término tránsfuga es:  1. Persona que huye de una parte a otra; 2. Persona que abandona una organización política, empresarial o de otro género para pasarse a otra generalmente contraria; 3. Desertor. Y los sinónimos afines pueden ser, según el mismo diccionario: fugitivo, prófugo, desertor.

Imagínese un país donde no pudiéramos cambiar de ideología, nuestra libertad de pensamiento es una de las cosas más preciadas como seres humanos. Nuestros cambios de opinión o ideas jamás deben ser censurados. Pero ese no es el problema con el transfuguismo.

El asunto es que cuando una persona se cambia de partido político una vez que ha sido electo, ya no se trata solo de su derecho personal, sino de la representación que ostenta en ese cargo y de lo que las personas que le ayudaron con su voto para llegar esperaban de él o de ella. Esto no solo va en demérito de la confianza depositada por la ciudadanía, sino de los propios partidos políticos que pierden un espacio que se ganó bajo su marca. Un espacio que ciertamente ganó la persona electa, pero lo hizo con las siglas, el logo y el equipo de trabajo de un instituto político específico.

Hay países que regulan el transfuguismo legislativo, por ejemplo: la Constitución de Portugal lo regula como una de las causas de la pérdida del mandato de los diputados; en Brasil hay un precedente judicial de su máximo Tribunal que a grandes rasgos precisa que cuando se da la tránsfuga, los partidos tienen derecho a conservar el número de escaños asignados por los electores, es decir, la persona se va, pero el escaño se le queda al partido. En Panamá existe también la revocatoria del mandato como una atribución de los partidos frente a ese fenómeno. Hay muchos otros países que lo regulan incluso en Europa.

Nada de eso existe en México y por nuestra cultura, tampoco creo se llegue a regular. Lo peor de todo es que el transfuguismo no tiene nada que ver con temas ideológicos, se priorizan los motivos políticos y de proyecto personal, antes que el compromiso social. No está mal cambiar de ideas, de partidos o hasta de equipos; lo que no está bien, es hacerlo después de haber obtenido el cargo, porque va en detrimento de la política, de la democracia y de la confianza ciudadana.

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*Araceli Gutiérrez Cortés. Es abogada por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; cuenta con dos maestrías: En Gobierno y Asuntos Públicos; y, Derecho Procesal Constitucional. Actualmente cursa el Doctorado en Derecho Electoral. Integrante de Abogadas de Michoacán A.C. Ha sido asesora en el Senado de la República. Funcionaria, consejera y presidenta del Instituto Electoral de Michoacán (IEM).