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Incrementan a 12 años de prisión pena por abuso sexual

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Morelia, Michoacán.- “Es un buen día para todos nuestras niñas, niños y adolescentes del estado de Michoacán…hoy al aprobar este dictamen a quienes abusan de niñas, niños y adolescentes tendrán que pensarlo dos veces porque habrá un castigo ejemplar, además, no dejamos sin castigo a quien ya cometió ese abuso”, resaltó Adriana Hernández Íñiguez previo a la aprobación de las reformas al Código Penal de Michoacán

La reforma que en votación general y nominal fue aprobado considera hasta 12 años en prisión, ya que el Código estipulaba solo cinco años, a quien abuse sexualmente de este sector de la población y la imprescriptibilidad de dicho delito, con el objetivo de proteger el interés superior de la niñez y su normal desarrollo psicosexual.

“A través de la imprescriptibilidad de las sanciones, que no de la acción penal, será posible que los condenados por delitos de abuso sexual cometidos en perjuicio de menores de edad, hasta los 18 años, cumplan con las penas privativas de libertad que les fueron impuestas, a pesar del transcurso del tiempo y de haberse sustraído de la justicia”, detalló la diputada.

Estas penas se impondrán a los abusadores sexuales que, valiéndose de la vulnerabilidad de la víctima, por depender de una relación familiar, amistad, dependencia o de autoridad atenten sexualmente. Éste, que es uno de los temas más sensibles del mundo y de nuestro país, de acuerdo a Brenda Fraga dado que actualmente se registran mil 400 niñas embarazadas por sus padres o hermanos al vivir en condiciones de hacinamiento con una condición y cultura que agrede a las mujeres

La petista solicitó la adecuación al artículo 168 bis en la que se añade además del uso de la violencia física y/o sicológica la pena previste aumente en una mitad “a quien, aprovechándose de la relación de subordinación o superioridad que tenga sobre la víctima, derivada de una relación de cualquier índole, ejecute un acto sexual en personas menores de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o, que por cualquier causa no pueda resistirlo o le haga observar o ejecutar dicho acto, se le impondrá de nueve a 18 años de prisión y multa de 752 mil 250 unidades de medida y  actualización”.

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