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OPINIÓN. “La Revocación sin elecciones”. Por Juan Adolfo Montiel Hernández

Por JUAN ADOLFO MONTIEL HERNÁNDEZ*

Una de las propuestas que se presentó, desde el año pasado en la Cámara de Diputados Federal, fue la de reformar la figura de la revocación de mandato para que no se realizara después de las elecciones intermedias, es decir, después del cuarto año de gobierno, sino que se llevara a cabo dentro de la jornada electoral de 2027.

Se trata de una figura de participación,  cuya pertinencia se estaría evaluando para una posible modificación, incluso a nivel constitucional, respecto a la manera en que puede ejercerse este mecanismo de democracia participativa denominado revocación de mandato.

Sin embargo, desde mi punto de vista, no es lo más acertado que se inmiscuya esta figura dentro de un proceso electoral de partidos políticos. Esto es así porque la revocación de mandato está pensada, en diversas naciones democráticas, como una figura que ejerce la ciudadanía cuando considera que no se está cumpliendo con el mandato otorgado en las urnas.

En esos casos, mediante una serie de requisitos, se solicita que se ponga a disposición del electorado una consulta para decidir si la persona debe continuar en el cargo o ser sustituida.

Por ello, al tratarse de una figura reservada a la ciudadanía, reformarla para que se consulte durante un proceso electoral implica, sin lugar a dudas, que se realizará con la injerencia de los partidos políticos, convirtiéndola no en una figura de revocación, sino en una ratificación de popularidad.

Aunque nuevamente se argumenta que la intención es generar ahorros, lo mejor es mantenerla separada o, incluso, replantearse su diseño, por ejemplo, podría pensarse mejor en la figura de reelección.

En lugar de que el titular del Poder Ejecutivo, tanto federal como local, tenga periodos de seis años, podría considerarse un periodo de cuatro años con posibilidad de reelección. De esta forma, sería la ciudadanía quien decida si se revoca el mandato o si la persona continúa por un periodo más.

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*Juan Adolfo Montiel Hernández. Es licenciado en Derecho por la UNAM; Maestro en Ciencia Política por la UVAQ. Doctorante en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por el Instituto Iberoamericano de Derecho Electoral. Profesor en diversas universidades de Michoacán. Su experiencia laboral la ha desarrollado en el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, el Instituto Nacional Electoral y en el Tribunal Electoral del Distrito Federal. Actualmente en consejero en el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

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