La Página/Redacción
Morelia, Michoacán.-La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió una nueva recomendación a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) derivado de una queja por discriminación y violación a los derechos de las personas con algún tipo de discapacidad.
Lo anterior derivado de la queja presentada por una persona que presta sus servicios en el Instituto de Investigaciones Económicas y Empresariales de la Máxima Casa de Estudios, quien solicitó apoyo con un recurso humano para estar en condiciones de realizar su trabajo, debido a que por su discapacidad no está en condiciones de manejar la computadora ni realizar algunas otras operaciones manuales.
El afectado indicó que por un periodo de cinco años tuvo que pagar de su salario a la persona que le apoya, lo que significó un daño patrimonial hacia su persona. Además de considerar que se encuentra en un estado de discriminación por no encontrarse en igualdad de oportunidades y capacidades frente a sus colegas.
Por estos hechos la CEDH emitió la Recomendación 005/2014 cuyos puntos resolutivos son:
1.-Se asigne de manera permanente, mediante los procedimientos establecidos en la normatividad de la UMSNH, a una persona para que asista al afectado en la realización de las actividades propias de su categoría dentro de un plazo de 15 días.
2.-De manera obligatoria, en lo subsecuente, se brinde a las personas con discapacidad que integren la plantilla laboral de la UMSNH, la asistencia con los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades propias de sus funciones.
La recomendación no fue aceptada por la autoridad universitaria y a través de un oficio el abogado general consideró que ésta era improcedente por tratarse de un asunto de carácter laboral, además de que no existía ninguna violación ni discriminación hacia el profesor; ante lo cual como se puede observar en los puntos resolutivos de la recomendación no se toca ni el aspecto laboral ni lo referente a la discriminación.
Este organismo reafirma que es obligación de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, alentar la igualdad de oportunidades en el empleo, respecto de las personas con discapacidades en el mercado laboral, siendo asistidas para realizar actividades propias de su puesto por otras personas, fundamentando la recomendación en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Acuerdos Internacionales, firmados y ratificados por el Estado Mexicano; así como legislaciones locales como la Ley para personas con discapacidad en el Estado de Michoacán.
Al ser la UMSNH parte del Estado Mexicano, tanto sus autoridades como el Consejo Universitario, los Consejos Técnicos y los Directivos de las escuelas, facultades, institutos y unidades profesionales; así como el personal académico y administrativo, tienen la obligación de respetar la dignidad humana de todos los miembros de la comunidad universitaria, por lo que al cometer u omitir actos o cualquier práctica que atente contra esta se violentan los derechos humanos.
Por lo anterior y de acuerdo al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

