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Para distribuidor vial de Mil Cumbres se requiere licencia de uso de suelo

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Morelia, Michoacán.-Cualquier autoridad física o jurídica, pública o privada, que vaya a desarrollar alguna obra lo primero que debe realizar el obtener la licencia de uso de suelo. De ahí la controversia que se generó en los últimos días por el tema del arranque de los trabajos del Distribuidor Vial de Mil Cumbres.

Y es que este lunes inició la obra que encabeza el gobierno de Michoacán, pero hasta el momento no ha realizado los trámites correspondientes ante el Ayuntamiento de Morelia.

Para una mayor claridad transcribimos los requisitos con que se debe cumplir. Ello una vez que el Gobeirno de Morelia destacó estar en la mejor disposición de prestar las facilidades que se requieran, pero se deben ceñir a lo que marca la norma:

  • De conformidad con el articulo 147 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo establece que” La persona física o jurídica, pública o privada, que pretenda realizar obras, acciones, servicios o inversiones en materia de desarrollo urbano en el Estado, deberá obtener previa a la ejecución de dichas obras, la licencia de uso del suelo y las autorizaciones o permisos que expidan los ayuntamientos, por si o a través de su dependencia municipal.”
  • Los Requisitos para tramitar la Licencia de Uso de suelo de conformidad con el artículo 345 del mencionado Código son los siguientes:
  • Identificación oficial del propietario y gestor
  • Copia del Título de Propiedad inscrito ante el Registro Público de la Propiedad.
  • Acreditar al personalidad jurídica con que se actúa
  • Proyecto georreferenciado con coordenadas UTM
  • Acuerdos con las dependencias federales, estatales y municipales para la realización del proyecto.

En la Licencia de Uso de Suelo se establecerán las condicionantes que deberán cumplir para la Licencia de Construcción que serían las siguientes:

  1. Permisos ante la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, como alineamientos, entronques, conexiones etc….
  2. La Manifestación de Impacto Ambiental ante la SEMACCDET.
  3. Permisos por derechos de vía ante la Secretaria de Comunicaciones y Obras Públicas.
  4. Estudios de Impactos Urbanos e Impacto vial ante el gobierno Municipal.
  5. Proyecto de Señalamiento
  6. Obras complementarias, como accesos, incorporaciones y obras de infraestructura ante el gobierno municipal.
  7. Atender lo que corresponda ante la Secretaría de Movilidad.
  8. Mecánica de Suelos y proyecto estructural.
  • De conformidad a lo establecido en el artículo 68 del Reglamento de Construcción, el cual establece que “Para realizar cualquier actividad de construcción, ampliación, reparación, modificación, acondicionamiento, demolición, cambio de uso o de régimen de propiedad de obras o instalaciones, explotación de bancos de materiales, etc., de cualquier género, que se ejecute en propiedad pública o de dominio privado, así como todo acto de ocupación y utilización del suelo o de la vía pública, eventual o con construcciones, deberá obtener la autorización de la Secretaría”.

Para dar cumplimiento a la Licencia de Construcción deberá integrar adicional a los requerimientos en supra líneas la documentación siguiente:

  1. Copia del Contrato de Obra Pública, firmado por la parte contratante y el contratista.
  2. Copia de la fianza.
  3. Presupuesto de Obra firmado por el Director Responsable de Obra.
  4. Calendario de Obra, firmado por el Director Responsable de Obra.
  5. Proyecto en dos juegos, sellado por la Dirección de Proyectos de Infraestructura Vial, y validado por la SCT Y SCOP., así como firmado por el Director Responsable de Obra.
  6. Oficios de Autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT),  Secretaria de Comunicaciones y Obras Públicas (SCOP), Dirección de Movilidad y espacios Públicos del Municipio, y de la Dirección de Obras Públicas del Municipio.
  7. Licencia de Uso de Suelo.
  8. Dar aviso por escrito a las Dependencias Involucradas que cuenten con infraestructura que pueda afectarse, CFE, OOAPAS, TELMEX. MEGACABLE, etc.

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